Hace ya algunos años, la Dirección General de Tráfico (DGT) se vio obligada a realizar una revisión de los requisitos de los diferentes carnets de moto. ¿El motivo? El auge en la venta de los modelos eléctricos. No olvidemos que la anterior legislación hacía referencia, única y exclusivamente, a los ciclomotores y motocicletas equipados con motores de combustión interna.
En este sentido, seguro que te preguntas qué carnet necesitas para conducir una moto eléctrica. Si es así, tranquilo. Aquí vamos a dar te las respuestas que buscas.
El carnet AM
Es el más fácil de conseguir de todos. De hecho, cualquier joven que haya cumplido los 15 años de edad puede presentarse a las pruebas necesarias para su obtención. Eso sí, no habilita para conducir motocicletas, sino ciclomotores como nuestra Arena Liberare.
Generalmente, cuando hablamos de ciclomotores, hacemos referencia a pequeños scooters eléctricos diseñados para conducir en entornos urbanos. Esta es la razón por la que este permiso únicamente habilita para conducir vehículos que no pueden superar los 45 km/h y cuyo motor tiene una potencia igual o inferior a los 4 kW. Esta cifra sería equivalente a 5,36 CV de potencia en una moto de gasolina.
El carnet A1
Este es el carnet que permite conducir motocicletas de hasta 125 cc y 15 CV de potencia como máximo. Sin embargo, esas cifras hacen referencia a las dotadas de motores de combustión interna, por lo que hace falta realizar la conversión a kW.
Respecto a las motos eléctricas, este carnet habilita al conductor para circular con motos eléctricas cuyos motores tengan una potencian comprendida entre los 4 kW y los 11 kW. Además, suprime el límite de 45 km/h fijado por el carnet AM, por lo que se trata de vehículos que pueden pilotarse en autovías, autopistas y carreteras nacionales sin limitación.
La edad mínima exigida para obtener el carnet A1 son 16 años. Puedes conducir la Arena Rena S y la Arena VT3 si dispones de este carnet.
El carnet B
Aquí no hablamos de un carnet específico de moto, sino de coche. En concreto, el permiso B es el que habilita a cualquier persona para conducir vehículos con una masa máxima autorizada (MMA) de 3500 kg como máximo y que permitan transportar a un máximo de 8 pasajeros (9 si contamos al conductor).
La cuestión realmente importante en este sentido es que, al acumular 3 años de antigüedad con el carnet B, la DGT convalida automáticamente el permiso A1. Es decir, el conductor puede llevar motos eléctricas de hasta 11 kW de potencia sin necesidad de presentarse a ninguna prueba específica.
Conviene decir que, para conseguir el carnet B, es necesario tener 18 años cumplidos. Por tanto, como mínimo, si apuestas por esta opción tendrás que esperar hasta los 21 años para poder conducir este tipo de motos.
El carnet A2
Al contrario de lo que sucede con el carnet A1, el permiso A2 no habla de cilindrada en el caso de las motos de combustión interna. Solo hace referencia a la potencia, la cual queda fijada en un máximo de 48 CV.
Por tanto, el carnet A2 te habilitará para conducir motos eléctricas con una potencia máxima de 35 kW. Sin embargo, hay un detalle importante al respecto.
En concreto, hacemos referencia a que la DGT establece una relación entre potencia y peso del vehículo. En el caso de las motos eléctricas, es de 0,2 kW/kg. Esto quiere decir que en ningún caso el vehículo puede superar los 175 kg en total. Eso solo si su motor ofrece dichos 35 kW de potencia máxima.
En caso de no cumplir este requisito, aunque la potencia sea menor, deberás obtener el carnet A para poder conducir la moto eléctrica.
El carnet A
El carnet A es aquel que da derecho al titular de circular con cualquier moto eléctrica. Es decir, engloba todos los anteriores y, además, te brinda la posibilidad de conducir motos cuyo motor ofrezca más de 35 kW de potencia son respetar la limitación de 0,2 kW/kg de la que hablamos anteriormente.
Ahora bien, la edad mínima para obtener este carnet es de 20 años. Esto se debe, fundamentalmente, a que uno de los requisitos indispensables es disponer de dos años de antigüedad o más con el carnet A2. No olvidemos que, para conseguir este permiso, es necesario tener 18 años.
¿Qué pruebas tienes que superar para obtener cada carnet de moto?
Llegados a este punto, ya sabes con certeza qué carnet necesitas para conducir la moto eléctrica que te interesa, así que es el momento de sacártelo. Pero ¿sabes qué pruebas tendrás que superar en cada caso? Vamos a verlas:
- Carnet AM. Tendrás que aprobar un examen teórico de 20 preguntas. Para ello, no podrás tener más de 2 errores. En él te preguntarán cuestiones básicas de seguridad vial y señales de tráfico. Después, tendrás que enfrentarte a una prueba práctica que consta de dos maniobras: un zigzag entre jalones y desplazarte a lo largo de una línea de anchura limitada.
- Carnet A1. En este caso, el examen teórico se divide en dos partes. La primera consta de 30 preguntas y admite 3 errores como máximo. Es común respecto al carnet B. LA otra, de 20 preguntas y con posibilidad de fallar hasta 2 respuesta, alberga contenidos específicos para este tipo de motos. Por su lado, la parte práctica constará de una prueba en circuito cerrado y otra en la vía pública.
- Carnet A2. El examen teórico es casi idéntico al del carnet A1. Solo cambian ligeramente las 20 preguntas de la parte específica. El práctico se compone de las mismas pruebas, pero deberás conducir una moto de mayor potencia.
- Carnet A. Las pruebas teóricas y prácticas son muy similares a las anteriores. Sin embargo, en este caso te exigirán que hayas superado un curso teórico de 9 horas. Además, deberás haber realizado 4 horas de prácticas en circuitos cerrados y 2 horas en la calle. Solo así podrás presentarte.
Esto es todo lo que debes saber respecto a los carnets para motos eléctricas. ¿A qué esperas para sacarte el que necesitas y dar el paso hacia una movilidad más cómoda, económica y sostenible?